En la gestión de cobranza de un documento, es posible que el deudor solicite que se le concedan unos días adicionales de plazo para el pago respectivo. Esto podría ocurrir tanto si el documento está vencido como por vencer.
Estos días adicionales se conocen como días de prórroga en el sistema y no son lo mismo que una ampliación de plazo, que se aplica cuando se entrega el cien por ciento de las facturas a negociar.
Al efectuar una prórroga a un documento, este cambiará su fecha de vencimiento en los reportes de cobranza, lo que es conveniente para efectos de conocer la fecha propuesta por el deudor para el pago. Pero los mismos reportes muestran además los días vencidos de cada documento.
Estos días vencidos van en función de la fecha original de vencimiento, por lo tanto son los datos certeros que involucran la real fecha de vencimiento.
Para que en los reportes de cobranza se identifique qué documentos tienen fechas de vencimiento no originales, el sistema pone en «negritas» los días vencidos del documento al que se le ha efectuado una o más prórrogas.
Podrá efectuar prórrogas en los cheques accesorios a depositar, así como en las facturas puras a cobrar. En la lista de estos documentos, busque el signo
en la columna de acciones para el documento. A continuación vea un ejemplo en la lista de accesorios a depositar.

Si un documento pertenece a una negociación en la que se ha anticipado el cien por ciento del valor negociado, no podrá aplicar prórrogas.
La ventana de prórroga tiene el siguiente aspecto:

En esta ventana podrá, tanto, ingresar los días de prórroga como cambiar directamente la fecha de prórroga. Un campo alterará al otro.
Luego de registrar una prórroga, verá la nueva fecha del documento en color azul, indicando que ese documento tiene prórrogas registradas, como en el ejemplo a continuación.

